TESTIMONIO: VISTO Y CONSIDERANDO: Que la necesidad de reordenar el tránsito pesado, impone modificar el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 28/96. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 64/99 ------------------------------ ARTICULO 1.- Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 28/96, el ------------ que quedará redactado de la siguiente forma: "ARTICULO 1.- Prohíbese el tránsito de camiones con acoplados, ------------- maquinarias e implementos agrícolas dentro del sector comprendido por las calles: Manuel Dorrego (40), Italia (107), Pueyrredón (39) y Caseros, excluidas las mismas".--------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese publíquese.------------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintidós días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.--------------------------